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21jun

CUIDADO CON EL PAGO ÚNICO DE LA PRESTACIÓN DE DESEMPLEO CUANDO EL MISMO EMPRESARIO TE DESPIDE Y TE VENDE SU MAQUINARIA PARA QUE SIGAS CON EL NEGOCIO.

Miguel Angel Chamorro Arroyo

 

CUIDADO CON EL PAGO ÚNICO DE LA PRESTACION DE DESEMPLEO CUANDO EL MISMO  EMPRESARIO TE DESPIDE Y TE VENDE  SU MAQUINARIA PARA QUE SIGAS CON EL NEGOCIO.

 

Efectivamente, el SEPE puede argumentar “…la parte actora tiene como finalidad financiar el traspaso de los medios de producción y continuar con  la actividad que ya realizaba como trabajador por cuenta ajena.”

 

Pues bien, esta situación se ha resuelto mediante sentencia de  fecha 05.04.2017 por el Tribunal Supremo con número 1620/2017. En el que viene a concluir que el R.D. 1413/2015 en su exposición de motivos:

Según explicaba la exposición de motivos del RD 1413/2005, "en la línea marcada por la Estrategia Europea de Empleo, para promover el autoempleo mediante el paso de políticas pasivas de protección por desempleo a políticas activas de empleo", el principal objetivo de dicha norma consistía en "incentivar en mayor medida la obtención del propio empleo por los beneficiarios de las prestaciones por desempleo". Esa misma finalidad se advertía igualmente en el preámbulo del RD 1044/1985, de 19 de junio, que reguló por vez primera la modalidad de pago único ("propiciar la iniciativa de autoempleo de los trabajadores desempleados"). Por tanto, desde el punto de vista teleológico, cuyo objetivo fue nuevamente ratificado en el RD 1300/2009, de 31 de julio, de medidas urgentes de empleo destinadas a los trabajadores autónomos y a las cooperativas y sociedades laborales..., resulta perfectamente congruente, también a los efectos que aquí importan, porque sin duda contribuye a lograr la misma finalidad: el autoempleo.

 

En definitiva inicialmente el SEPE desestima la solicitud de prestaciones en su modalidad de pago único en la situación referida, sin embargo, es recurrible ajustándose a DERECHO según sentencia señalada.

 

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