Blog | Ayudas/Oportunidades de negocio

25nov

Resolución de 18 de noviembre de 2013, de ICEX España Exportación e Inversiones, por la que se convoca para 2013 la concesión de ayudas a través del programa Plan ICEX Target USA

Laura Sanchez-Cañete Moreno ayudas, emprendedores, internacionalizacion

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD
12316 Resolución de 18 de noviembre de 2013, de ICEX España Exportación e Inversiones, por la que se convoca para 2013 la concesión de ayudas a través del programa Plan ICEX Target USA.
El Real Decreto-ley 4/2011, de 8 de abril, de medidas urgentes de impulso a la  internacionalización mediante la creación de la entidad pública empresarial Instituto 
Español de Comercio Exterior, ICEX, cuya denominación pasa a ser ICEX España 
Exportación e Inversiones de conformidad con el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de 
julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la 
competitividad, señala en su artículo 3 que dentro de sus fines generales se encuentra el 
impulso de la internacionalización de las empresas españolas, en especial de las 
pequeñas y medianas empresas (PYMES), en todas las fases de su proceso de 
internacionalización, a través de la prestación de aquellos servicios, programas, apoyos 
económicos, instrumentos de información, financiación o asesoría que en cada momento 
se requieran.
Por otro lado, el artículo 2 del Real Decreto-ley 4/2011, de 8 de abril establece que 
ICEX, salvo determinadas excepciones, estará sujeto al derecho privado. En este sentido, 
el artículo 5.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el 
Reglamento General de Subvenciones, señala que las entidades vinculadas o 
dependientes de la Administración General del Estado cuando actúen en régimen de 
derecho privado en las entregas dinerarias que realicen a favor de terceros sin 
contraprestación estarán sujetas exclusivamente a los principios de gestión y de 
información de los artículos 8.3 y 20 de la Ley 38/3002, de 17 de noviembre General de 
Subvenciones.
Dentro de las prioridades estratégicas del ICEX, el fomento de la internacionalización 
de nuestras empresas hacia nuevos mercados y, en particular, hacia aquellos que a 
medio plazo ofrecen fuertes perspectivas de crecimiento ocupa un lugar preferente. Los 
Estados Unidos de América constituyen una oportunidad para nuestras empresas que no 
se encuentra suficientemente aprovechada. Ello se debe, en buena medida, a las 
dificultades que las empresas españolas encuentran a la hora de establecer una 
presencia continuada en dicho mercado. Por otro lado, la reciente apertura de 
negociaciones entre los Estados Unidos y la Unión Europea para la conclusión del Tratado 
de Libre Comercio constituyen una magnífica oportunidad y aconsejan apoyar la toma de 
posiciones por parte de nuestras empresas a fin de aprovechar las ventajas que se 
abrirán en el momento de la entrada en vigor de dicho tratado. Por lo tanto, el ICEX 
quiere apoyar decididamente a aquellas empresas que apuesten por establecerse allí y 
tiene la intención de dar continuidad a este plan pudiendo la empresa beneficiarse de 
futuras convocatorias en años sucesivos. Esta necesaria apuesta por el mercado 
norteamericano se plasma en dos niveles: de una parte, apoyando aquellas empresas 
que hayan decidido implantarse, con vocación de permanencia en los Estados Unidos 
con independencia del sector al que pertenezcan; y de otra, y atendiendo tanto al objetivo 
de incremento del componente tecnológico de nuestras exportaciones como a las 
especificidades de los proyectos de internacionalización en sectores de fuerte componente 
tecnológico; apoyando las labores de desarrollo de mercado para sectores tales como la 
biotecnología, la nanotecnología, TICs, contenidos digitales y así como otros sectores 
altamente tecnológicos.
El Plan ICEX Target USA nace con el objetivo de convertirse en elemento favorecedor 
de la consolidación en el mercado de Estados Unidos de aquellas empresas españolas 
que cuenten con un proyecto ya iniciado en este mercado, viable, de calidad y con un cve: BOE-A-2013-12316BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280 Viernes 22 de noviembre de 2013 Sec. III. Pág. 93464
impacto considerable y probado en el mismo. Por ello, con este Plan se trata de ofrecer a 
las empresas españolas que ya operan en el mercado estadounidense una palanca de 
apoyo para el afianzamiento de su presencia en Estados Unidos.
En virtud de todo ello ICEX, de acuerdo con su normativa interna de ayudas aprobada 
por el Consejo de Administración de 12 de diciembre de 2012, decide apoyar los proyectos 
de internacionalización en Estados Unidos de empresas españolas que se encuentren en 
determinados supuestos.
El artículo 5.1.c) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y la normativa interna de 
ayudas de ICEX de 12 de diciembre de 2012 señalan que en las entregas dinerarias sin 
contraprestación que realicen a favor de terceros organismos como ICEX, junto con los 
medios de publicidad que habitualmente utilice la entidad, el acuerdo se publicará en el 
BOE cuando la convocatoria supere la cantidad de 300.000€ como es el caso.
Por todo lo anterior, y teniendo en cuenta la normativa reguladora de estas ayudas, 
resuelvo:
Primero.
Convocar ayudas a través del programa «PLAN ICEX TARGET USA» para apoyar los 
proyectos de internacionalización en Estados Unidos de empresas españolas que se 
encuentren en determinados supuestos cuya Convocatoria se incorpora a esta 
Resolución.
Segundo.
De conformidad con el artículo 5.1.b) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el 
que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones la Convocatoria de este Plan 
contiene entre otros aspectos el objeto, finalidad y condiciones de la entrega dineraria, los 
requisitos que deben reunir los perceptores, los criterios de selección y la cuantía máxima 
de la entrega.
Tercero.
La Convocatoria del Plan estará a disposición de las empresas interesadas en la sede 
de ICEX- Paseo de la Castellana número 14 de Madrid, en las Direcciones Territoriales y 
Provinciales de Comercio en las diferentes Comunidades Autónomas, y en el portal www.
icex.es.
Madrid, 18 de noviembre de 2013.–El Presidente del Consejo de Administración de 
ICEX, España Exportación e Inversiones, P. D. (Resolución de 20 de septiembre de 2013), 
la Consejera Delegada de ICEX, España Exportación e Inversiones, María del Coriseo 
González-Izquierdo Revilla.
CONVOCATORIA 2013 PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A TRAVÉS DEL 
PROGRAMA «PLAN ICEX TARGET USA»
Primero. Objetivos y finalidad del plan.
Este Plan está dirigido a apoyar los proyectos de internacionalización en Estados 
Unidos de empresas españolas que se encuentren en alguno de los dos supuestos 
contemplados a continuación:
1) Pertenecientes a cualquier sector de actividad que cuenten con una filial ya 
constituida en Estados Unidos, no pudiendo ser la fecha de constitución de la misma 
anterior al 1 de septiembre de 2012.
2) Pertenecientes a los sectores de biotecnología, nanotecnología, TIC’s, contenidos 
digitales y otros sectores de alto contenido tecnológico, sin que sea necesario, dadas las 
características y necesidades de estas empresas, que las mismas cuenten con la forma cve: BOE-A-2013-12316BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280 Viernes 22 de noviembre de 2013 Sec. III. Pág. 93465
de establecimiento requerida en el punto 1. Se admitirá en este caso el establecimiento 
en Estados Unidos vía «incubadoras», «aceleradoras», «invernaderos de empresas» o 
similar (por ejemplo acuerdos científicos, alianzas, joint ventures, etc.).
Segundo. Legislación aplicable.
Las ayudas previstas en el marco de este Plan se concederán conforme a lo previsto 
en el Reglamento (CE) 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a 
la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis, DOUE n.º L379 
de 28/12/2006, páginas 0005-0010. La ayuda total de mínimis concedida a una empresa 
en el marco de estos planes no podrá superar los 200.000 euros durante cualquier 
período de tres ejercicios fiscales, habida cuenta de las otras ayudas también percibidas 
durante este mismo período, de conformidad con lo previsto en el artículo 2, apartado 2, 
del Reglamento mencionado. Quedan excluidas del carácter de mínimis las ayudas 
previstas en el artículo 1, apartado 1, de dicho Reglamento.
De igual forma, le es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de 
Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se desarrolla, en 
todo lo relativo a las ayudas dinerarias sin contraprestación económica al igual que la 
normativa interna de ayudas de ICEX aprobada por el Consejo de Administración de 12 
de diciembre de 2012. De acuerdo con la normativa interna la aprobación de esta 
convocatoria de ayudas se realiza una vez informada favorablemente por la Subcomisión 
de Ayudas.
Tercero. Información Fondos Feder.
De acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 1828/2006 de la de 8 de diciembre de 2006, 
vigente para el periodo operativo 2007-2013, relativos a las actividades de información y 
publicidad que deben llevar a cabo los Estados miembros en relación con las 
intervenciones de los Fondos Estructurales, se hace constar que las actividades descritas 
en este comunicado pueden ser susceptibles de ser financiadas por la Unión Europea a 
través de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER), de las que el Instituto 
Español Exterior es órgano ejecutor.
En el caso de que su empresa sea finalmente beneficiaria de la ayuda ICEX, y 
asimismo ésta sea cofinanciada con Fondos Comunitarios, la aceptación por su parte de 
la misma, implica la aceptación de su inclusión en la lista de beneficiarios publicada de 
conformidad con el artículo 7.2.d) del Reglamento indicado anteriormente.
En ningún caso, la existencia de financiación por parte del programa FEDER supondrá 
ayuda adicional para las empresas beneficiarias.
Cuarto. Conceptos susceptibles de apoyo.
Los conceptos susceptibles de apoyo serán los siguientes:
1. Gastos previos, de constitución y primer establecimiento:
a) Estudios de viabilidad: Contratación de una empresa especializada para la 
realización de un estudio de viabilidad previo al establecimiento de la empresa en Estados 
Unidos, tanto por la vía de constitución de filial como de alojamiento en incubadoras, 
aceleradoras o similares.
b) Gastos de Constitución: Escrituras, inscripciones, permisos administrativos, 
licencias y otros gastos que se realizan una sola vez al comienzo de la actividad.
c) Consultorías: Gastos de asesoramiento legal vinculados a la constitución.
d) Homologaciones y certificaciones de carácter obligatorio, exigidas por la 
Administración en Estados Unidos como requisito previo al establecimiento de la empresa 
en el mercado, ya sea por la vía de constitución o por cualquier otra vía. cve: BOE-A-2013-12316BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280 Viernes 22 de noviembre de 2013 Sec. III. Pág. 93466
e) Sueldos y salarios: Del personal comercial asignado a la filial, así como las 
cotizaciones a la seguridad social y seguros de asistencia médica. Es necesario que 
exista un contrato laboral, ya sea fijo o eventual. Se excluyen de manera general 
comisiones, gastos de representación y de agencia.
f) Asesoramiento externo: Gastos que estén directamente relacionados con el 
funcionamiento administrativo de la filial (jurídicos, contables, financieros, fiscales).
g) Alquileres edificios implantación: Alquiler de locales comerciales, de oficina, y de 
almacenes cuando la actividad comercial lo justifique. Se incluirán asimismo en este 
apartado los gastos derivados del alquiler de espacios en aceleradoras, incubadoras de 
empresas o similares asumidos por las empresas de biotecnología, nanotecnología, 
TIC’s, contenidos digitales o de alto contenido tecnológico que hayan optado por este 
modo de establecimiento en Estados Unidos.
2. Gastos de promoción:
a) Investigación de mercados: Estudios de investigación de mercado adquiridos a 
terceros realizados por consultores externos y referidos a Estados Unidos.
b) Material de difusión y promoción: Elaboración de catálogos, folletos, carteles, 
páginas Web (no se incluye gastos de mantenimiento de la web) y demás material 
informativo impreso o audiovisual, expositores punto de venta.
c) Publicidad: Creatividad del material y coste de compra de espacios publicitarios 
en medios estadounidenses, así como gastos de publicidad digital enfocada a este 
mercado.
d) Acciones promocionales: Presentaciones de productos, promociones, catas y 
exposiciones temporales en córners de espacios comerciales, tiendas de prestigio 
(espacios dedicados en exclusiva a la marca y que cuenten con decoración diferenciada 
del resto de las marcas ubicadas en ese local) o tiendas propias, para lo cual se apoyarán 
los gastos inherentes a estos actos.
e) Patrocinios comerciales: Patrocinios de carácter comercial que se realicen en 
Estados Unidos. Se analizarán caso a caso para poder delimitar en cada uno de ellos los 
gastos considerados como susceptibles de apoyo.
f) Relaciones públicas: Exclusivamente los gastos de contratación de agencias de 
relaciones públicas o comunicación.
g) Participación en ferias y congresos internacionales: Se apoyará la asistencia 
como expositor en ferias en Estados Unidos, siempre y cuando ICEX no organice un 
Pabellón Oficial o Participación Agrupada en la misma. En este caso, se considera como 
susceptible de apoyo el alquiler de espacio y la decoración del stand. En el caso de 
participación en congresos y foros especializados, se considerará como susceptible de 
apoyo la cuota de inscripción.
3. Gastos de defensa jurídica de la marca y homologación.
a) Registro de patentes y marcas: Gastos de registro de patentes y marcas 
exclusivamente para Estados Unidos.
b) Defensa de la marca: Gastos jurídicos para procedimientos de defensa de la 
marca española en Estados Unidos.
c) Homologación y certificación: Gastos derivados de la homologación ante 
organismos oficiales en Estados Unidos, así como las certificaciones y precalificaciones 
ante grandes clientes en el exterior.
Para aquellas empresas que cuentan con filial en Estados Unidos, todos los gastos 
presentados para su apoyo dentro del presente Plan deberán haber sido asumidos por la 
filial estadounidense, excepto los gastos previos y de constitución que podrán serlo por la 
matriz española, tomándose como fecha tope para ello la de constitución de la filial objeto 
de apoyo.
Los gastos que presenten las empresas de los sectores de biotecnología, 
nanotecnología, TIC’s, contenidos digitales y otros sectores de alto contenido tecnológico cve: BOE-A-2013-12316BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280 Viernes 22 de noviembre de 2013 Sec. III. Pág. 93467
ubicadas en «incubadoras», «aceleradoras», «invernaderos de empresas» o similar, las 
cuales no cuentan con filial en Estados Unidos, serán asumidos por la empresa matriz 
española.
Quinto. Requisitos de los perceptores.
Con carácter general:
1. Las empresas solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales 
y en materia laboral y de la Seguridad Social.
2. Las empresas solicitantes no deberán tener ningún impago con ICEX.
3. Los beneficiarios deberán informar en el momento de la justificación del gasto, si 
han recibido, van a recibir o han solicitado alguna ayuda a Comunidades Autónomas u 
otros organismos públicos o privados, para esta misma actuación.
4. Las empresas que disfruten del apoyo económico que este Plan ofrece, pasarán 
a formar parte de la RED ICEX TARGET USA la cual contemplará, entre otros servicios, 
un sistema de mentorazgo (20 horas) para empresas españolas que deseen implantarse 
en Estados Unidos.
5. La ayuda contemplada en este Plan es incompatible con cualquier otra ayuda 
otorgada por ICEX para los mismos conceptos de gasto.
Respecto a cada supuesto planteado los requisitos son los siguientes:
1) Filial en Estados Unidos:
a. La fecha de constitución de la misma no podrá ser anterior al 1 de septiembre 
de 2012.
b. La participación de la matriz española en el capital de la filial constituida ha de ser 
superior al 50 %.
c. En el caso de filiales compartidas, la participación de las empresas españolas en 
el mismo deberá sumar un porcentaje superior al 50 %.
d. Las empresas con filial ya constituida en Estados Unidos deberán haber 
comunicado a la Oficina Económica y Comercial correspondiente la existencia de la 
misma y sus datos identificativos, así como mantener un contacto periódico con dicha 
Oficina Económica y Comercial informando acerca de la evolución de su actividad.
e. Se solicitará a cada empresa adjuntar un proyecto detallando la estrategia de 
implantación que se presenta para su apoyo.
2) Empresas de los sectores de biotecnología, nanotecnología, TIC’s, contenidos 
digitales y otros sectores de alto contenido tecnológico ubicadas en «incubadoras», 
«aceleradoras», «invernaderos de empresas» o similar (por ejemplo acuerdos, alianzas, 
joint ventures, etc.) en Estados Unidos: tanto la estancia en las ubicaciones mencionadas 
como los acuerdos firmados, en su caso, habrán de ser justificativos de la entrada previa 
de la empresa en el mercado estadounidense.
Sexto. Criterios de selección.
Para la selección de los proyectos, ICEX valorará los proyectos presentados de 
acuerdo con los siguientes criterios y ponderación, considerando un máximo de 10 
puntos:
1. Calidad del proyecto presentado, valorado a partir de la memoria y proyecto que 
se adjunte a la solicitud, así como de las propias características de las acciones para las 
que se solicita el apoyo. (máximo 3 puntos).
2. Viabilidad del proyecto, teniendo en cuenta el producto/servicio y el mercado de 
Estados Unidos. (máximo 5 puntos).
3. Impacto, de acuerdo a las posibilidades de penetración en el mercado 
estadounidense y concordancia con el Plan Estratégico de ICEX. (máximo 2 puntos). cve: BOE-A-2013-12316BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280 Viernes 22 de noviembre de 2013 Sec. III. Pág. 93468
Séptimo. Cuantía y duración de la ayuda.
La cuantía de la ayuda será el 35 % de los conceptos susceptibles de apoyo con un 
tope máximo de 65.000 euros por empresa.
La cuantía máxima imputable al Plan será de 1.000.000 de euros, estando en todo 
caso sujeta a las disponibilidades presupuestarias de ICEX España Exportación e 
Inversiones.
Con carácter general, y para todas las empresas, cuenten o no con filial en Estados 
Unidos, la duración del presente Plan es de 12 meses a partir del 1 de enero de 2013, 
apoyándose los gastos devengados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013. No 
obstante, aquellas empresas con filial constituida entre 1 de septiembre de 2012 y 31 
de diciembre de 2012 podrán presentar gastos de constitución y previos a la misma 
devengados en el ejercicio 2012, siempre y cuando no sean anteriores al 1 de mayo 
de 2012. Aquellas empresas cuya filial haya sido constituida a partir del 1 de enero de 2013, 
podrán presentar gastos de constitución y previos a la misma devengados en los cuatro 
meses anteriores a la fecha de constitución de la filial objeto de apoyo.
Octavo. Plazo de presentación de la solicitud de la ayuda.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el lunes 9 de diciembre de 2013 
(09/12/2013). No se admitirán solicitudes recibidas con posterioridad a dicha fecha.
ICEX podrá solicitar por escrito a la empresa solicitante la información y/o 
documentación adicional que considere necesaria, disponiendo la empresa de un plazo 
máximo de 7 días naturales para proporcionarla. Cumplido este plazo no se admitirá 
ninguna información adicional de la empresa.
Noveno. Procedimiento para la concesión de la ayuda.
El procedimiento para la concesión de la ayuda es el de concurrencia competitiva.
La documentación necesaria para presentar la solicitud de la ayuda es la siguiente:
• Impreso de solicitud debidamente cumplimentado (Anexo I) al que se accede en el
siguiente link: http://www.icex.es/targetusa.
1. Copia del C.I.F. de la empresa que solicita la ayuda.
2. Última memoria disponible de la empresa solicitante.
3. La empresa solicitante de la ayuda deberá suscribir una declaración responsable 
de las ayudas mínimis concedidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante 
el ejercicio fiscal en curso, indicando la fecha de concesión, el importe bruto concedido, el 
organismo u organismos otorgantes y los gastos subvencionados para cada una de ellas, 
o una declaración responsable de no haber recibido ninguna de ellas. Se adjuntará el 
Anexo II incorporado en este documento, que será remitido junto al impreso de solicitud.
4. Documento cumplimentado acreditando la condición de ser o no PYME por parte 
de la empresa solicitante (Anexo III). No obstante, podrán presentar solicitud de ayuda 
empresas españolas no PYMES que demuestren una capacidad de arrastre del proyecto 
significativa mediante la presentación del listado de empresas españolas que se 
beneficiarían de dicho proyecto, con una estimación de los importes económicos o 
empresas adscritas a otros programas de ICEX que promuevan el efecto arrastre de los 
proyectos internacionales.
5. Cualquier otra documentación o información que se estime necesaria para el 
estudio de la solicitud.
Si se tratara de apoyo a Filial ya constituida en Estados Unidos (apartado. 1 - 
Objetivos y finalidad del Plan), la escritura de constitución de la filial objeto de apoyo o 
documentación equivalente que acredite el porcentaje que la matriz posea en la misma, 
con la correspondiente inscripción en el registro.
Si se tratara de apoyo a empresas de los sectores de biotecnología, nanotecnología, 
TIC’s, contenidos digitales y otros sectores de alto contenido tecnológico ubicadas en cve: BOE-A-2013-12316BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280 Viernes 22 de noviembre de 2013 Sec. III. Pág. 93469
aceleradoras o similar en Estados Unidos (apartado. 2 - Objetivos y finalidad del Plan) la 
documentación acreditativa del modo de penetración/establecimiento en el mercado de 
Estados Unidos presentado para su apoyo.
6. En caso de autorizar a ICEX para la obtención de certificados telemáticos para 
comprobar que la empresa se encuentra al corriente de pagos de la Agencia Tributaria y 
de la Seguridad Social se deberá presentar el Anexo IV.
7. Información sobre la filial/establecimiento a rellenar por la empresa (Anexo V).
Importante: ICEX está especialmente interesado en que la empresa solicitante 
autorice a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria («siempre que no lo hubiera 
hecho previamente»), a que remita a ICEX información sobre su comercio exterior, con lo 
que sistemáticamente dispondremos de una información actualizada que nos permitirá 
conocer mejor sus realizaciones de comercio exterior y mantener permanentemente 
actualizadas nuestras bases de datos. La autorización señalada se ha de cursar una sola 
vez, y para ello deberá acceder a http://www.icex.es/icex-aeat/web/index.html y obtener 
así más información y la forma de proceder para cursar su autorización.
La solicitud, junto con toda la información requerida, se tendrá que remitir a ICEX por 
alguna de las siguientes opciones:
– Telemáticamente (opción preferente): la empresa deberá contar con el 
correspondiente certificado digital homologado y seguir las instrucciones al respecto 
incluidas en el apartado CONFIRMACIÓN.
– Imprimiendo la solicitud y remitiéndola obligatoriamente a Servicios Centrales de 
ICEX. Dirección General de Internacionalización de la Empresa, Pº de la Castellana 14 - 
28046 Madrid, en horario de 09:00 a 14:00 horas.
ICEX resolverá la convocatoria teniendo en cuenta exclusivamente la información y 
documentación disponible en ese momento.
La concesión de las ayudas se hará por Resolución de la Consejera Delegada que 
debe reflejar los conceptos, beneficiarios así como las cantidades concedidas previo 
informe favorable de la Comisión de Ayudas, Contratación y Autorizaciones. El plazo 
máximo para la aprobación de esta Resolución será el 31 de diciembre de 2013 debiendo 
ser publicada en el portal de ICEX www.icex.es. De igual forma, se le hará llegar 
comunicación a la empresa beneficiaria indicando los conceptos e importes, así como el 
procedimiento de justificación.
Décimo. Justificación.
Las instrucciones de justificación se incluyen en la página web de ICEX www.icex.es/
criteriosjustificacion.
Se establece como fecha límite de justificación 20 de febrero de 2014.
Se atenderán circunstancias excepcionales por petición expresa autorizada por el 
Departamento Gestor, con el límite máximo de una semana.
cve: BOE-A-2013-12316BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280 Viernes 22 de noviembre de 2013 Sec. III. Pág. 93470
ANEXO II 
Declaración responsable de las ayudas recibidas 
 
DECLARACIÓN RESPONSABLE sobre las ayudas concedidas definidas en el Reglamento (CE) nº 
1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 
del Tratado a las ayudas de minimis (DOUE nº L 379 de 28/12/2006, pags. 5 a 10), en la que se indica 
la fecha de concesión, el importe bruto concedido, el organismo que la concedió, y el régimen aplicable 
para cada ayuda recibida. 
El incumplimiento parcial o total de esta condición conllevará la no concesión de las ayudas previstas 
en este Plan y podrá dar lugar al reintegro de las ayudas percibidas en el marco del mismo, así como 
de los intereses de demora devengados de su pago. 
 
 
Nombre y Apellidos 
 
N.I.F. 
 
 
EN REPRESENTACIÓN DE 
 
Nombre / Razón social 
 
N.I.F / N.I.F. 
 
 
 
DECLARA 
Que a la empresa se le han concedido las siguientes ayudas, incentivos o subvenciones, para cualquier actividad 
durante los últimos tres años (incluido el ejercicio en curso). 
 
 
Organismo 
(incluido ICEX) Fecha Concesión Concepto Importe 
 
 
 
  TOTAL 
 
 
 
……………………., a ………. de ……………………… de….. 
 
 
Fdo: ………………………………………… (firma y sello) 
 
ICEX España Exportación e Inversiones, con domicilio en Paseo de la Castellana 14-16, 28046 de Madrid, le informa 
que los datos personales que nos ha facilitado serán incorporados a un fichero de su titularidad con la finalidad de 
gestionar las solicitudes recibidas para el Plan ICEX TARGET USA 2013. Asimismo, ICEX le informa de que usted 
podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición enviando una comunicación escrita a la 
dirección anteriormente indicada. cve: BOE-A-2013-12316BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280 Viernes 22 de noviembre de 2013 Sec. III. Pág. 93471
ANEXO III 
Modelo de declaración relativo a la condición de ser o no PYME 
A. IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA 
 
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL NIF 
DOMICILIO SOCIAL NÚM. REGISTRO 
CP POBLACIÓN PROVINCIA TELÉFONO IAE 
NOMBRE Y CARGO DEL/DE LOS REPRESENTANTE/S NIF 
 NIF 
 NIF 
 
B. *TIPO DE EMPRESA 
 Para más información sobre los tipos de empresa, (artículo 3 del anexo): 
 http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2003:124:0036:0041:es:PDF 
 
Indíquese con una cruz la situación de la empresa solicitante 
 
Empresa Autónoma 
Empresa Asociada 
Empresa Vinculada 
 
C. DATOS PARA CUMPLIMENTAR SEGÚN LA CATEGORÍA DE LA EMPRESA 
 
Periodo de referencia (**): 
 
Nº DE TRABAJADORES VOLUMEN DE NEGOCIOS ANUAL 
(En Miles de Euros) 
BALANCE GENERAL ANUAL 
(En Miles de Euros) 
 
 
La persona firmante declara que todos los datos que figuran es esta declaración son ciertos y 
que en base a ellos su empresa cumple la condición de ser: 
 
PYME 
NO PYME 
 
Nombre y cargo del firmante: 
 
Firma: En…………………………. a……… de 
………………… de ……… 
 
(**) Todos los datos deben corresponder al último ejercicio contable cerrado y se calcularán con carácter anual. El total 
de volumen de negocios se calculará sin el impuesto sobre el valor añadido (IVA). En empresas de nueva creación que 
no han cerrado aún sus cuentas, se utilizarán datos basados en estimaciones fiables realizadas durante el ejercicio 
financiero. 
 
*Nota: Documento a ser cumplimentado de acuerdo a lo dispuesto en la Recomendación 2003/361/CE de la 
Comisión, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas. En el momento en el cual varíe la condición de la 
empresa, deberá informar al ICEX de dicha circunstancia. 
 
ICEX España Exportación e Inversiones, con domicilio en Paseo de la Castellana 14-16, 28046 de Madrid, le informa 
que los datos personales que nos ha facilitado serán incorporados a un fichero de su titularidad con la finalidad de 
gestionar las solicitudes recibidas para el Plan ICEX TARGET USA 2013. Asimismo, ICEX le informa de que usted 
podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición enviando una comunicación escrita a la 
dirección anteriormente indicada. 
cve: BOE-A-2013-12316BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280 Viernes 22 de noviembre de 2013 Sec. III. Pág. 93472
ANEXO IV 
Autorización expresa para la obtención por parte de ICEX de certificados telemáticos 
 
 
De conformidad con lo previsto en el artículo 6.2 b) de la Ley 11/2007 de 22 de junio de Acceso 
Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, así como lo establecido en el artículo 13 
Capitulo V del Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero que regula la sustitución de certificados 
en soporte papel por certificados telemáticos o por transmisiones de datos entre 
Administraciones Públicas, la persona abajo firmante autoriza al ICEX a solicitar de la Agencia 
Estatal de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social los 
datos necesarios para acreditar que esta empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento 
de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y, de esta forma, comprobar el 
cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener, percibir y mantener la ayuda 
…………………..……………………………. …..( especificar y detallar ésta). 
 
La presente autorización se otorga exclusivamente a los efectos del reconocimiento, 
seguimiento y control de la ayuda mencionada anteriormente. 
 
A.- DATOS DEL SOLICITANTE DE LA AYUDA 
 
APELLIDOS Y NOMBRE / RAZON SOCIAL 
 
NIF FIRMA (SOLO EN CASO DE PERSONAS FÍSICAS) 
 
 
 
 
 
B.- DATOS DEL AUTORIZADOR (SOLO EN EL CASO DE UNA PERSONA JURÍDICA O 
UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA) 
 
 
APELLIDOS Y NOMBRE 
 
NIF ACTUA EN CALIDAD DE 
 
 
 
FIRMA 
 
 
 
 
 
 
En…………………………. a……………. de ………………… de ……………….. 
 
 
NOTA 1: La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento 
mediante escrito dirigido a ICEX ……………………………. (especificar Dpto/División) 
 
NOTA 2: En caso de no otorgar esta autorización, la empresa deberá aportar los originales de 
dichos certificados, actualizados a la fecha de presentación. 
 
ICEX España Exportación e Inversiones, con domicilio en Paseo de la Castellana 14-16, 28046 de Madrid, le informa 
que los datos personales que nos ha facilitado serán incorporados a un fichero de su titularidad con la finalidad de 
gestionar las solicitudes recibidas para el Plan ICEX TARGET USA 2013. Asimismo, ICEX le informa de que usted 
podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición enviando una comunicación escrita a la 
dirección anteriormente indicada. 
 
cve: BOE-A-2013-12316BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280 Viernes 22 de noviembre de 2013 Sec. III. Pág. 93473
ANEXO V
Información sobre la filial/establecimiento a rellenar por la empresa
(Esta información es absolutamente confidencial y tiene como único objetivo el poder 
valorar y mejorar los instrumentos de promoción de ICEX).
I. Cifra de negocio.
1. ¿Qué volumen de negocio alcanzó su empresa en el año 2012 en el mercado de 
Estados Unidos?, ¿cuál es su previsión para el año 2013?
2. ¿Qué porcentaje de su facturación total ha supuesto este mercado en los años 2012 
y 2013?
3. ¿Toda la facturación en este mercado es a través de la filial/establecimiento? Si 
no es así, indique porcentaje que sobre la facturación en Estados Unidos corresponde a 
la obtenida a través de la filial/establecimiento en ambos años.
II. Clientes.
1. ¿Cuantos clientes nuevos ha captado en Estados Unidos en el año 2013?
2. Los pedidos de clientes ya existentes, ¿se han visto aumentados en este último 
ejercicio?, ¿en qué porcentaje?
III. Mercados.
1. ¿Es posible desde la filial/establecimiento en Estados Unidos abarcar otros 
mercados vecinos? ¿Cuáles?
2. ¿Cuáles están siendo las mayores dificultades con las que se está enfrentado en 
este mercado?
3. ¿En qué ha cambiado su forma de abarcar este mercado tras la experiencia de 
su establecimiento en el mismo?
4. ¿Qué otros contactos que no sean clientes ha podido realizar gracias a la filial/
establecimiento?
IV. Previsiones para este mercado.
1. ¿Qué cifra de ventas espera obtener en los próximos cinco años?
2. ¿Qué evolución prevé que tendrá su cartera de clientes en Estados Unidos en los 
próximos cinco años?
V. Apoyo ICEX.
1. ¿Considera apropiado el apoyo de ICEX a su proyecto?
2. ¿En qué aspectos no económicos hubiese necesitado ayuda?

Ver Agenda

Nuevo comentario