Nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria 15/2015, de 2 de julio
María Dolores López Mena derecho, derecho civil, derecho mercantilLa Nueva Ley de la Jurisdicción Voluntaria opta por atribuir el conocimiento de un número significativo de los asuntos que tradicionalmente se incluían bajo la rúbrica de la jurisdicción voluntaria a operadores jurídicos no investidos de potestad jurisdiccional, tales como Secretarios judiciales, Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles, compartiendo con carácter general la competencia para su conocimiento.
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