Novedades legislativas de 2014 para lograr el éxito empresarial
María Dolores López Mena emprendedores
"Las medidas
gubernamentales adoptadas en materia económica, fiscal y laboral que persiguen
corregir los desequilibrios existentes en la economía española e impulsar su
recuperación requieren un manejo correcto, exacto y planificado de las
herramientas jurídicas. No hacerlo puede acabar causando graves
problemas".
Entre ellas, el incremento de los
costes empresariales por incluirse en la base de cotización conceptos hasta
ahora excluidos; que las empresas que no cuenten con mecanismos de
prevención de delitos podrán ser multadas y que a partir de este año los
empresarios no necesitarán obtener una autorización administrativa para
desarrollar una misma actividad económica en cada Comunidad Autónoma.
Novedades, que un año más se orientan por
el camino de del incremento de la recaudación.
Este año las modificaciones inciden
especialmente en el Impuesto sobre Sociedades y tienen como novedad de
mayor calado la limitación a la deducción de las pérdidas por deterioro
derivadas de las participaciones en filiales españolas y extranjeras, de los
establecimientos permanentes en el extranjero, y de las UTEs que operen en el extranjero (si bien estos
cambios afectarán ya a la liquidación del Impuesto sobre Sociedades que del
ejercicio 2013 que se presentará en julio de 2014).
Es decir, las pérdidas obtenidas por una sociedad (EP o UTE que opere en el extranjero) ya no podrán ser comunicadas al socio vía la depreciación del valor de su participación en dicha sociedad. Así, el socio tendrá que esperar a la disolución de la filial o su venta a terceros para hacer efectiva la pérdida en la cartera que posee. Por otro lado, ya durante el ejercicio 2013, se han introducido ciertas modificaciones en el régimen de patent box, que lo flexibiliza y le aporta seguridad; en las deducciones por I+D+it que en un futuro podrán ser convertidas en créditos exigibles contra la administración, independientemente de la capacidad de beneficios de la compañía; y el nuevo régimen de caja en el IVA.
En materia laboral, destacar doscambios
normativos del balance de 2013, una - RDLey 11/2013 que introdujo variaciones
de calado en los procesos colectivos de modificación de condiciones, despidos o
suspensiones de contratos; otra - el RDLey 16/2013 que introduce modificaciones
muy relevantes en materia de contratación(principalmente a tiempo parcial) y
de cotización a la Seguridad Social, siendo éstas las que tienen una mayor
transcendencia por cuanto suponen un incremento de los costes empresariales,
dado que se incluyen en la base de cotización conceptos que, hasta la fecha, se
encontraban excluidos”.
Las novedades mercantiles introducidas por la ley de Apoyo a los Emprendedores, la polémica doctrina de la última sentencia del Tribunal Supremo sobre el alcance del derecho de información en las juntas generales sobre aprobación de cuentas anuales y las reformas previstas en el actual anteproyecto de ley para la modificación de la Ley de Sociedades de capital, cuya aprobación está prevista para dentro del primer semestre del año en curso. Sobre el último punto y entre las reformas del anteproyecto destacó la exigencia de votación separada de determinadas propuestas de acuerdo, el hecho de la que la remuneración de los administradores deba ser razonable y acorde con la situación económica de la sociedad y la exhaustiva regulación de los conflictos de interés.
Una de las novedades de 2014 son las nuevas
exigencias legales para prevenir la responsabilidad penal de las empresas, a
partir de ahora las empresas deberán detectar e individualizar las actividades
en cuyo ámbito puedan cometerse delitos y establecer protocolos y códigos de
actuación para prevenirlos. Si se produce el hecho delictivo en el seno de una
empresa, la persona jurídica sólo quedará exenta de responsabilidad penal
siempre que acredite que los mecanismos de control y supervisión eran eficaces
y suficientes.
Además, el proyecto de modificación del
Código Penal introduce sanciones penales también para los representantes y
administradores de las empresas que no adopten las medidas necesarias para
lacomisión de delitos.
Con carácter general, los empresarios
no necesitarán obtener una autorización administrativa para desarrollar una
misma actividad económica en cada Comunidad Autónoma, ya que la
autorización que les sea otorgada al efecto por una Administración autonómica
tendrá validez en toda España con esta medida se pretende lucharcontra la
segmentación del mercado derivado de la pluralidad de regímenes jurídicos en
los territorios autonómicos y de sus particularidades. “Esta diversidad
regulatoria ha conllevado tradicionalmente incremento de costes, que se
desincentive la inversión y que, por tanto, se reduzca la productividad de las
empresas que operan en todo el territorio nacional, situación a la que se
quiere poner fin con este nuevotexto legal”.