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19sep

Marco de información financiera cuando no resulta adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento

Laura Sanchez-Cañete Moreno contabilidad, pymes


El ICAC ha aprobado una nueva Resolución que intenta aclarar los criterios que se consideran adecuados cuando no resulta adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento, para formular las cuentas anuales y normalizar con ello el sistema de información contable o marco de información financiera aplicable cuando se haya acordado la apertura de la liquidación o cuando los responsables de la entidad, aunque sea con posterioridad al cierre del ejercicio, determinan que tienen la intención de liquidar la empresa o cesar en su actividad o cuando no exista una alternativa más realista que hacerlo.

Sin embargo, quedan excluidos de su ámbito de aplicación los siguientes supuestos:

a. Las sociedades de duración limitada, salvo que antes de que concluya su objeto social se acuerde la liquidación o no exista una alternativa más realista que hacerlo.
b. Las sociedades declaradas en concurso de acreedores, salvo que antes de la apertura de la fase de liquidación los responsables de formular las cuentas anuales determinen que no existe una alternativa más realista que liquidar la empresa.
c. Los supuestos de modificación estructural de las sociedades mercantiles.
d. Los casos de disposición o liquidación parcial de un grupo enajenable de elementos.

ICAC Resol EDL 2013/19482718–10–13, BOE 25–10–13

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