Blog | Noticias

23mar

LA JUNTA DE ANDALUCIA AYUDA EN LA CONTRATACION DE EMPLEO INDEFINIDO PARA MAYORES DE 45 AÑOS.

Miguel Angel Chamorro Arroyo

 

Presentación

Con la finalidad de dar cobertura a la situación a la que se enfrentan en el mercado de trabajo las personas desempleadas que superan los 45 años de edad, la Junta de Andalucía, a través del Servicio Andaluz de Empleo, regula una nueva línea de incentivos que fomenten y animen la contratación de este sector de la población, en empresas ubicadas en Andalucía, entendiendo por éstas aquellas que cuentan con un centro de trabajo abierto en el territorio de la Comunidad Autónoma.

Para ello, convoca una línea de ayuda específica, destinada a tal fin y que cuenta para este 2015 con una dotación presupuestaria de 50.000.000 euros.

Los incentivos podrán solicitarse en el plazo de un mes desde la formalización de los contratos y desde la entrada en vigor del Decreto-Ley 3/2015 de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo.

 

Ficha Informativa.

Objeto: contratación de personas desempleadas de larga duración, mayores de 45 años, por empresas ubicadas en Andalucía.

Entidades beneficiarias: personas trabajadoras autónomas, empresas de economía social, incluidas las entidades sin personalidad jurídica, y cualquier empresa válidamente constituida e inscrita en el correspondiente registro empresarial, ubicadas en Andalucía, es decir, con centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma.

Cuantía: 6.000 euros a tanto alzado, por cada contrato con las condiciones del incentivo.

Presupuesto total: 50.000.000 euros

Condiciones del contrato: contrato de carácter indefinido, con mantenimiento de la contratación por un período mínimo de 12 meses ininterrumpidos, a jornada completa, con personas desempleadas de larga duración, mayores de 45 años. El requisito de edad debe cumplirse en el momento de formalización del contrato y el contrato debe formalizarse en un centro de trabajo radicado en Andalucía.

·        Personas desempleadas de larga duración: quienes hayan permanecido inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo, durante al menos 360 días en los 18 meses inmediatamente anteriores a la fecha de formalización o inscritas durante 180 días en los 9 meses inmediatamente anteriores si están inscritas como trabajadores agrarios en la fecha de formalización del contrato.

Extinción y sustitución del contrato: en caso de que la relación contractual se extinga antes del período obligatorio de 12 meses, por causas no imputables a las entidades, deberá formalizar un nuevo contrato con las mismas condiciones y por el período restante, en el plazo de un mes.

Régimen de concurrencia: no competitiva

Plazo de solicitud: un mes desde la formalización del contrato.

Descarga de solicitudes: Anexo I, Anexo I.5, Anexo III.1

Presentación de la solicitud y documentación:

·        preferentemente, a través de la Ventanilla Electrónica de Administración

·        en soporte papel en los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre (descarga de pdf anexos).

Órgano competente: dirección general de Políticas Activas de Empleo

Plazo de resolución: tres meses desde el siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Silencio administrativo desestimatorio.

 

Nuevo comentario