El contrato de trabajo de formación y aprendizaje ante la situación de Incapacidad Temporal del trabajador.
Miguel Angel Chamorro Arroyo actualidad, asociaciones, comercio, cooperacion, derecho, empleo, empresa, negocio, pymesLa Ley
3/2012 de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral,
establece en relación a la baja por
Incapacidad Temporal de un trabajador con contrato de formación y aprendizaje,
lo siguiente:
“Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo
durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la
lactancia y paternidad interrumpirán el computo de la duración del contrato”. (Apartado 2., art. 11 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, aprobada por Real Decreto legislativo
1/1995).
¿Qué
ocurre con el periodo de formación durante la baja por IT y posteriormente?
La
interrupción del contrato suspende también el periodo formativo, que se
reanudará con el alta del trabajador. Producida ésta, y antes de proceder a
hacer una prórroga o dar la baja del trabajador, la empresa comunicará la
ampliación del contrato correspondiente al tiempo de duración de la baja,
completándose de esta forma el periodo de formación, y reanudando la aplicación
de las bonificaciones interrumpidas por la baja por IT.
Cuando
el alta del trabajador se produzca después de la fecha de finalización del
contrato/prórroga, se ampliará el periodo completo de baja, que se contará
desde la fecha en que estaba prevista la finalización de dicho
contrato/prórroga.
¿Es necesario
notificar la baja por Incapacidad Temporal?
Habrá
que proceder a la modificación del contrato así como del Anexo II firmado con
el centro de formación en el plazo de diez días.
La
baja por IT hay que notificarla siempre. El procedimiento que se debe seguir es el siguiente:
1.
Comunicar la baja/alta por IT a la Seguridad Social y al SEPE.
2.
Cuando se produzca el alta del trabajador, comunicar la modificación de la
duración del contrato a través de Contrata/Netcontrata.
3. Notificar al SEPE, presentado la siguiente documentación:
- Modificación
del Anexo II firmado de nuevo con el centro de formación y el trabajador,
con la nueva fecha de terminación, el cual nos pueden solicitar a través de
(correo electrónico) o en el teléfono 958405152