Decreto-Ley 12/2014, de 7 de octubre, por el que se modifica el Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía.
Laura Sanchez-Cañete Moreno autonomico, comercioEl Estatuto de Autonomía de Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía competencias exclusivas, en el artículo 58.1, en materia de comercio interior, y en el artículo 56.3 y 5, en materias de urbanismo y ordenación del territorio.
En virtud de estas competencias, el Consejo de Gobierno aprobó el Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía, que tiene como objeto la regulación administrativa del comercio interior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con la finalidad de ordenar y modernizar el sector de la distribución comercial.
El Título IV del Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, regula distintos aspectos relacionados con los establecimientos comerciales, entre los que se encuentra el Plan de Establecimientos Comerciales. El objeto de este Plan es contribuir a la localización eficiente de las grandes superficies minoristas y tiene la consideración de Plan con Incidencia en la Ordenación del Territorio.
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