La Orden de 9 de junio de 2009, modificada por la Orden de 26 de octubre de 2010, establece las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones relativas a inversiones no productivas en explotaciones agrarias, amparadas por la Medida 216 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013. Mediante esta Orden, se subvencionan actuaciones que aunque no dan lugar a un aumento significativo del valor o la rentabilidad de las explotaciones agrarias, son necesarias para el restablecimiento de su sostenibilidad y el mantenimiento del paisaje de nuestro territorio.
El impulso de estas actuaciones queda reflejado en el artículo 36, letra a), inciso vi) del Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, y en sus disposiciones de aplicación. El citado Reglamento establece las normas generales de la ayuda comunitaria al desarrollo rural y la participación del FEADER en la financiación de una serie de medidas, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, aprobado por la Decisión de la Comisión C(2008) 3843 de 16 de julio de 2008, entre las que se encuentra las «subvenciones a inversiones no productivas» en la medida 216, con el objetivo general de incentivar las inversiones relacionadas con el cumplimiento de compromisos dentro del marco de las subvenciones agroambientales y reforzar el carácter de utilidad pública de espacios de alto valor natural.
En Andalucía, partes del territorio han sufrido una persistente sequía de carácter excepcional causada por un déficit pluviométrico elevado, tras un insuficiente número de días con precipitaciones importantes desde el 1 de octubre de 2013, con especial incidencia en las provincias más orientales de la Comunidad Autónoma.
Consecuencia de esta pertinaz sequía son el agotamiento de los pastos y la escasez o menor calidad de los forrajes disponibles y de los recursos hídricos, afectando particularmente a los regímenes de ganadería extensiva como actividad dependiente de la disponibilidad de pastos.
Entre las inversiones subvencionadas por la Orden de 9 de junio de 2009 se encuentran determinadas actuaciones, tales como comederos, bebederos y depósitos de agua, que mejoran y facilitan la accesibilidad del ganado a la alimentación y al agua, a veces muy limitada por la escasez de lluvias.
Por todo ello, considerando oportuno proceder a la convocatoria de estas subvenciones para 2015, en los términos que se indican, y en ejercicio de las competencias atribuidas,