Base de retención en los alquileres
Laura Sanchez-Cañete Moreno arrendamientos, fiscal
Si el arrendador repercute, junto con la renta del alquiler, gastos adicionales, tales como IBI, comunidad, gastos de suministros, obras, etc., el arrendatario deberá practicar retención sobre la totalidad de las retribuciones satisfechas.
Y esto es así tanto si el arrendatario es persona física como si es persona jurídica.