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22ene

Actividades prioritarias de mecenazgo e Incentivos fiscales coyunturales

Laura Sanchez-Cañete Moreno actualidad, fiscal

Se aprueban las actividades prioritarias de mecenazgo para 2014, así como los nuevos eventos que tienen la consideración de acontecimientos de excepcional interés público a efectos de la aplicación de los beneficios fiscales establecidos en la Ley de Régimen Fiscal Especial de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

 

Se ha aprobado la relación de actividades consideradas como prioritarias de mecenazgo durante el año 2014, elevándose para las mismas en cinco puntos porcentuales los porcentajes y límites de deducción en el IRPF, IS e IRNR previstos en la L 49/2002. Las citadas actividades son las siguientes:


a)  Las llevadas a cabo por el Instituto Cervantes para la promoción y la difusión de la lengua española y de la cultura mediante redes telemáticas, nuevas tecnologías y otros medios.

b)  La promoción y la difusión de las lenguas oficiales de los diferentes territorios del Estado español llevadas a cabo por las correspondientes instituciones de las Comunidades Autónomas con lengua oficial propia.

c)  Las actividades llevadas a cabo por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para la lucha contra la pobreza y la consecución de un desarrollo humano sostenible en los países en desarrollo.

d) Las actividades llevadas a cabo por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, así como para la promoción de la cultura española en el exterior.

e)  La conservación, restauración o rehabilitación de los bienes del Patrimonio Histórico Español que se relacionan en la L 22/2013 anexo VIII, así como las actividades y bienes que se incluyan, previo acuerdo entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, en el programa de digitalización, conservación, catalogación, difusión y explotación de los elementos del Patrimonio Histórico Español «patrimonio.es» al que se refiere la L 53/2002 art.75.

f)  Los programas de formación del voluntariado que hayan sido objeto de subvención por parte de las Administraciones públicas.

g)  Los proyectos y actuaciones de las Administraciones públicas dedicadas a la promoción de la Sociedad de la Información y, en particular, aquellos que tengan por objeto la prestación de los servicios públicos por medio de los servicios informáticos y telemáticos a través de Internet.

h)  La investigación, desarrollo e innovación en las Instalaciones Científicas que, a este efecto, se relacionan en la L 22/2013 anexo IX.

i)  La investigación, el desarrollo y la innovación orientados a resolver los retos de la sociedad identificados en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación para el período 2013-2020 y realizados por las entidades que, a estos efectos, se reconozcan por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a propuesta del Ministerio de Economía y Competitividad.

j)  El fomento de la difusión, divulgación y comunicación de la cultura científica y de la innovación, llevadas a cabo por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología.

k)  Los programas dirigidos a la erradicación de la violencia de género que hayan sido objeto de subvención por parte de las Administraciones Públicas o se realicen en colaboración con estas.

l)  Las actividades de fomento, promoción y difusión de las artes escénicas y musicales llevadas a cabo por las Administraciones públicas o con el apoyo de estas.

ll)  Las llevadas a cabo por la Biblioteca Nacional de España en cumplimiento de los fines y funciones de carácter cultural y de investigación científica establecidos por el RD 1638/2009, por el que se aprueba el Estatuto de la Biblioteca Nacional de España.

m)  Las llevadas a cabo por la Fundación CEOE  en colaboración con el Consejo Superior de Deportes  en el marco del proyecto «España Compite: en la Empresa como en el Deporte» con la finalidad de contribuir al impulso y proyección de las PYMES españolas en el ámbito interno e internacional, la potenciación de jóvenes talentos deportivos y la promoción del empresario como motor de crecimiento asociado a los valores del deporte. Los donativos, donaciones y aportaciones a estas actividades que pueden beneficiarse de la elevación en cinco puntos porcentuales de los porcentajes y límites de las deducciones en el IRPF, IS e IRNR previstos en la L 49/2002 tienen el límite de 50.000 euros anuales para cada aportante.

 


Se han aprobado los nuevos eventos  que tienen la consideración de acontecimientos de excepcional interés público a efectos de la aplicación de los beneficios fiscales establecidos en la Ley de Régimen Fiscal Especial de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.


Entre los incentivos fiscales establecidos en el régimen fiscal de otras formas de mecenazgo, se incluyen los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público, definidos como el conjunto de incentivos fiscales específicos aplicables a las actuaciones que se realicen para asegurar el adecuado desarrollo de los acontecimientos que, en su caso, se determinen por Ley. Estos incentivos disfrutan de beneficios fiscales en el IRPF, IS e IRNR (aplicación de deducciones), en el ITP y AJD, en impuestos locales y en tasas.


A continuación se relacionan los nuevos acontecimientos y los correspondientes programas de apoyo que han sido aprobados, con mención del período durante el que dicho programa mantiene su vigencia.

Denominación

Vigencia

«Donostia/San Sebastián, Capital Europea de la Cultura 2016»

desde 1-1-2014 hasta 31-12-2016

«Expo Milán 2015»

desde 1-1-2014 hasta 31-6-2016

«Campeonato del Mundo de Escalada 2014, Gijón»

desde 1-1-2014 hasta 31-12-2014

«Campeonato del Mundo de Patinaje Artístico Reus 2014»

desde 1-1-2014 hasta 31-12-2014

«Madrid Horse Week»

desde 1-1-2014 hasta 31-12-2016

«III Centenario de la Real Academia Española»

desde 1-1-2014 hasta 31-12-2015

«120 años de la Primera Exposición de Picasso. A Coruña, febrero-mayo de 2015»

desde 1-1-2014 hasta 31-12-2015

«IV Centenario de la segunda parte de El Quijote»

desde 1-1-2014 hasta 31-12-2016

«World Challenge LFP/85.º Aniversario de la Liga»

desde 1-1-2014 hasta 31-12-2016

«Juegos del Mediterráneo de 2017»

desde 1-1-2014 hasta 31-12-2017

«IV Centenario del fallecimiento del pintor Doménico Theotocópuli, conocido como El Greco»

hasta el 31-12-2014

«Sesenta Edición del Festival Internacional de Teatro Clásico de Mérida»

desde 1-1-2014 hasta 31-12-2014

«Año de la Biotecnología en España»

desde 1-1-2014 hasta 31-12-2014

Como especialidades:

1. La consideración del IV Centenario del fallecimiento del pintor Doménico Theotocópuli, conocido como El Greco, como acontecimiento de excepcional interés público, es complementaria y coherente con los beneficios fiscales aplicables a este acontecimiento que recoge la L 39/2010 disp.adic.54ª. La certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa es competencia del Consorcio Greco 2014. El desarrollo y concreción en planes y programas de actividades específicas se realiza por el mencionado Consorcio.

2. Se modifica la denominación del acontecimiento de excepcional interés público «V Centenario del Nacimiento de Santa Teresa a celebrar en Ávila en el año 2015» (L 17/2012 disp.adic.60ª), que pasa a denominarse «V Centenario del Nacimiento de Santa Teresa de Jesús en el año 2015», manteniendo su vigencia desde el 1-1-2013 al 31-12-2015.

 

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