Actividades prioritarias de mecenazgo e Incentivos fiscales coyunturales
Laura Sanchez-Cañete Moreno actualidad, fiscalSe aprueban
las actividades prioritarias de mecenazgo para 2014, así como los nuevos
eventos que tienen la consideración de acontecimientos de excepcional
interés público a efectos de la aplicación de los beneficios fiscales establecidos
en la Ley de Régimen Fiscal Especial de las Entidades sin Fines Lucrativos y de
los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Se ha
aprobado la relación de actividades consideradas como prioritarias de mecenazgo
durante el año 2014, elevándose para las mismas en cinco puntos porcentuales
los porcentajes y límites de deducción en el IRPF, IS e IRNR previstos en la L 49/2002. Las citadas actividades son las
siguientes:
a) Las
llevadas a cabo por el Instituto Cervantes para la promoción y la difusión de
la lengua española y de la cultura mediante redes telemáticas, nuevas
tecnologías y otros medios.
b) La
promoción y la difusión de las lenguas oficiales de los diferentes territorios
del Estado español llevadas a cabo por las correspondientes instituciones de
las Comunidades Autónomas con lengua oficial propia.
c) Las
actividades llevadas a cabo por la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo para la lucha contra la pobreza y la
consecución de un desarrollo humano sostenible en los países en desarrollo.
d) Las
actividades llevadas a cabo por la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo para la promoción y el desarrollo de las
relaciones culturales y científicas con otros países, así como para la
promoción de la cultura española en el exterior.
e) La
conservación, restauración o rehabilitación de los bienes del Patrimonio
Histórico Español que se relacionan en la L 22/2013 anexo VIII, así como las
actividades y bienes que se incluyan, previo acuerdo entre el Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte y el Ministerio de Industria, Energía y Turismo,
en el programa de digitalización, conservación, catalogación, difusión y
explotación de los elementos del Patrimonio Histórico Español «patrimonio.es»
al que se refiere la L 53/2002 art.75.
f) Los
programas de formación del voluntariado que hayan sido objeto de subvención por
parte de las Administraciones públicas.
g) Los
proyectos y actuaciones de las Administraciones públicas dedicadas a la
promoción de la Sociedad de la Información y, en particular, aquellos que
tengan por objeto la prestación de los servicios públicos por medio de los
servicios informáticos y telemáticos a través de Internet.
h) La
investigación, desarrollo e innovación en las Instalaciones Científicas que, a
este efecto, se relacionan en la L 22/2013 anexo IX.
i) La
investigación, el desarrollo y la innovación orientados a resolver los retos de
la sociedad identificados en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y
de Innovación para el período 2013-2020 y realizados por las entidades que, a
estos efectos, se reconozcan por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
a propuesta del Ministerio de Economía y Competitividad.
j) El
fomento de la difusión, divulgación y comunicación de la cultura científica y
de la innovación, llevadas a cabo por la Fundación Española para la Ciencia y
la Tecnología.
k) Los
programas dirigidos a la erradicación de la violencia de género que hayan sido
objeto de subvención por parte de las Administraciones Públicas o se realicen
en colaboración con estas.
l) Las
actividades de fomento, promoción y difusión de las artes escénicas y musicales
llevadas a cabo por las Administraciones públicas o con el apoyo de estas.
ll)
Las llevadas a cabo por la Biblioteca Nacional de España en cumplimiento de los
fines y funciones de carácter cultural y de investigación científica
establecidos por el RD 1638/2009, por el que se aprueba el Estatuto
de la Biblioteca Nacional de España.
m) Las
llevadas a cabo por la Fundación CEOE en colaboración con el Consejo
Superior de Deportes en el marco del proyecto «España Compite: en la
Empresa como en el Deporte» con la finalidad de contribuir al impulso y
proyección de las PYMES españolas en el ámbito interno e internacional, la potenciación
de jóvenes talentos deportivos y la promoción del empresario como motor de
crecimiento asociado a los valores del deporte. Los donativos, donaciones y
aportaciones a estas actividades que pueden beneficiarse de la elevación en
cinco puntos porcentuales de los porcentajes y límites de las deducciones en el
IRPF, IS e IRNR previstos en la L 49/2002 tienen el límite de 50.000 euros
anuales para cada aportante.
Se han
aprobado los nuevos eventos que tienen la consideración de
acontecimientos de excepcional interés público a efectos de la aplicación de
los beneficios fiscales establecidos en la Ley de Régimen Fiscal Especial de
las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Entre los
incentivos fiscales establecidos en el régimen fiscal de otras formas de
mecenazgo, se incluyen los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional
interés público, definidos como el conjunto de incentivos fiscales específicos
aplicables a las actuaciones que se realicen para asegurar el adecuado
desarrollo de los acontecimientos que, en su caso, se determinen por Ley. Estos
incentivos disfrutan de beneficios fiscales en el IRPF, IS e IRNR (aplicación
de deducciones), en el ITP y AJD, en impuestos locales y en tasas.
A
continuación se relacionan los nuevos acontecimientos y los correspondientes
programas de apoyo que han sido aprobados, con mención del período durante el
que dicho programa mantiene su vigencia.
Denominación |
Vigencia |
«Donostia/San
Sebastián, Capital Europea de la Cultura 2016» |
desde
1-1-2014 hasta 31-12-2016 |
«Expo
Milán 2015» |
desde
1-1-2014 hasta 31-6-2016 |
«Campeonato
del Mundo de Escalada 2014, Gijón» |
desde
1-1-2014 hasta 31-12-2014 |
«Campeonato
del Mundo de Patinaje Artístico Reus 2014» |
desde
1-1-2014 hasta 31-12-2014 |
«Madrid
Horse Week» |
desde
1-1-2014 hasta 31-12-2016 |
«III
Centenario de la Real Academia Española» |
desde
1-1-2014 hasta 31-12-2015 |
«120 años
de la Primera Exposición de Picasso. A Coruña, febrero-mayo de 2015» |
desde
1-1-2014 hasta 31-12-2015 |
«IV
Centenario de la segunda parte de El Quijote» |
desde
1-1-2014 hasta 31-12-2016 |
«World
Challenge LFP/85.º Aniversario de la Liga» |
desde
1-1-2014 hasta 31-12-2016 |
«Juegos
del Mediterráneo de 2017» |
desde
1-1-2014 hasta 31-12-2017 |
«IV
Centenario del fallecimiento del pintor Doménico Theotocópuli, conocido como
El Greco» |
hasta el
31-12-2014 |
«Sesenta
Edición del Festival Internacional de Teatro Clásico de Mérida» |
desde
1-1-2014 hasta 31-12-2014 |
«Año de la
Biotecnología en España» |
desde
1-1-2014 hasta 31-12-2014 |
Como
especialidades:
1. La
consideración del IV Centenario del fallecimiento del pintor Doménico
Theotocópuli, conocido como El Greco, como acontecimiento de excepcional
interés público, es complementaria y coherente con los beneficios fiscales
aplicables a este acontecimiento que recoge la L 39/2010 disp.adic.54ª. La certificación de la adecuación
de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa es competencia
del Consorcio Greco 2014. El desarrollo y concreción en planes y programas de
actividades específicas se realiza por el mencionado Consorcio.
2. Se
modifica la denominación del acontecimiento de excepcional interés público «V
Centenario del Nacimiento de Santa Teresa a celebrar en Ávila en el año 2015» (L 17/2012 disp.adic.60ª), que pasa a denominarse «V
Centenario del Nacimiento de Santa Teresa de Jesús en el año 2015», manteniendo
su vigencia desde el 1-1-2013 al 31-12-2015.